IBI. Impuesto Sobre Bienes Inmuebles
Gestión Tributaria
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¿Qué es?
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles sitos en el término municipal de Santander.
¿A quién va dirigido?
Está obligados a pagar este impuesto, las personas físicas y jurídicas, así como las herencias yacentes, comunidades de bienes y otras entidades que, sin personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, susceptible de imposición, que ostenten la titularidad de un derecho constitutivo del hecho imponible del impuesto, en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 2 de esta Ordenanza.
¿Cuándo se realiza el pago?
El periodo voluntario de pago del impuesto viene especificado en el Calendario Fiscal Municipal Anual.
Normativa
- Ordenanza fiscal 01-I Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
- Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales
- Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario
- Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria